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Artículo 13 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6208 · idParte: 8458686

Texto oficial

Artículo 13°- Los terrenos que hubieren sido declarados Parques Nacionales y Reservas Forestales de acuerdo con la legislación vigente, no perderán esta calidad sino en virtud de un decreto supremo fundado del Ministerio de Tierras y Colonización, previo informe favorable del Servicio Agrícola y Ganadero.