Saltar al contenido

Artículo 99 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6208 · idParte: 8458784

Texto oficial

Artículo 99°- Las tierras fiscales ubicadas en la provincia de Magallanes sólo podrán ser materia de los contratos que autoriza este párrafo; sin perjuicio de que se puedan aplicar en dicha provincia las disposiciones sobre Colonización Nacional de la ley N° 5.604, de 15 de Febrero de 1935, cuyo texto definitivo se fijó por el D.F.L. RRA. 11, de 1963.