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Artículo 148 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458845.

Texto oficial

Artículo 148°- Se autoriza al Presidente de la República para destinar las extensiones de terreno que considere necesarias, para refugio del ganado que se lleve por arreo a los frigoríficos, a las graserías y a los establecimientos de industrias destinadas exclusivamente a producir o transformar artículos de consumo.