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Artículo 201 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458903.

Texto oficial

Artículo 201°- El Presidente de la República podrá disponer que en cada una de las colonias se reserven los sitios necesarios para los servicios fiscales, así como una extensión de terrenos suficientes para servir de campo de invernada a los animales de propiedad de los colonos, cuando el clima lo exigiere.