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Artículo 205 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6208 · idParte: 8458908

Texto oficial

Artículo 205°- Se autoriza también al Presidente de la República para conceder gratuitamente título de dominio en terrenos de propiedad fiscal que existen en las poblaciones urbanas o suburbanas de las provincias indicadas en el artículo anterior, a los chilenos que los ocupen y hayan efectuado en ellos mejoras no inferiores a la cuarta parte del valor del terreno. Estos títulos no podrán otorgarse por extensiones superiores a mil metros cuadrados.