Texto oficial
Artículo 301.- No regirán las disposiciones contenidas
en el DFL. N° 340, de 1960, en lo que fueren contrarias al
presente Párrafo sin perjuicio de la supervigilancia que,
por razones de carácter técnico o estratégico,
corresponden al Ministerio de Defensa Nacional y
reparticiones navales de su dependencia sobre las playas de
la provincia de Aysen y el departamento de Palena.