Texto oficial
Artículo 319.- El Servicio Nacional de Salud deberá
transferir al Fisco los terrenos de su propiedad en los
cuales se construyeron las viviendas que forman las
poblaciones "Gabriela Mistral" y "Nueva Esperanza", de la
ciudad de Concepción, y población "Manuel Valdes", del
pueblo de Chiguayante. El Presidente de la República, a
través del Ministerio de Tierras y Colonización, otorgará
directa y gratuitamente título de dominio a los pobladores
sin necesidad de otros trámites, especialmente de
urbanización o de subdivisión de sitios, bastando para
ellos, un plano de la Dirección de Tierras y Bienes
Nacionales.