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Artículo 406 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8459131.

Texto oficial

Artículo 406.- En todos aquellos casos en que las leyes exijan declaración jurada sobre el cumplimiento de algún requisito a los peticionarios de títulos gratuitos, postulantes a compra o arrendamiento de inmuebles fiscales, ésta podrá formularse, exenta de impuestos y derechos, ante el funcionario de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales, que tendrá el carácter de ministro de fe para estos efectos, expresamente autorizado por el Jefe Superior del Servicio.