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Artículo 17 del Decreto Ley 576

Crea una caja de retiro y de prevision social para los empleados municipales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6211 / 8856301.

Texto oficial

Art. 17. El imponente puede retirar en préstamos del Fondo de Retiro las partidas que señalan los números 1, 2, 3 y 4 del artículo 11 con garantía hipotecaria de un bien raíz de su esclusivo dominio, de conformidad al reglamento que se dicte con este objeto.