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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 645

Fija regimen cambiario y presupuestario a las empresas de la gran minería del cobre

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6252 · idParte: 8990004

Texto oficial

Artículo 1°- Transitorio: Sin perjuicio de los presupuestos establecidos en el artículo 2°, las empresas podrán presentar, para que rija durante el año 1975, un Presupuesto de Gastos por Reposiciones Extraordinarias, que se financiará con los excedentes del Presupuesto de Operación. Este presupuesto, en su parte concerniente a gastos se ceñirá a las mismas normas señaladas en la letra a) del artículo 2°.