Texto oficial
Art. 3.o Mientras no se nombren Auditores de los Juzgados Militar y Naval de Magallanes, desempeñará las funciones de tales, el Juez de Letras en lo Criminal más antiguo del departamento.
Introduce algunas modificaciones en el código de justicia militar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6258 / 9119687.