Artículo 58 del Decreto Ley 670
Reajusta, a contar del 1° de octubre de 1974, los sueldos del sector publico y privado. otras disposiciones
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6273 / 8739119.
Texto oficial
Artículo 58.- Derogado.-