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Artículo 86 del Decreto Ley 670

Reajusta, a contar del 1° de octubre de 1974, los sueldos del sector publico y privado. otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6273 · idParte: 8739151

Texto oficial

Artículo 86°.- Pónese término al funcionamiento de todas las Comisiones Tripartitas actualmente existentes, salvo lo establecido por el artículo 3° transitorio del decreto ley N° 552, de 1974.