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Artículo 17 del Decreto Ley 675

Decreto Ley 675

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6276 / 5874810.

Texto oficial

Art. 17. El Estado ejercerá plena y esclusiva soberanía sobre el espacio atmosférico existente sobre su territorio y sus aguas jurisdiccionales. (Convencion internacional de fecha 13 de octubre de 1919, celebrada en Paris).