Texto oficial
ARTICULO 12° Reitérase que, por aplicación del
artículo 30° del decreto ley 249/74, han quedado derogadas
todas las disposiciones de cualquier índole que concedían
en beneficio de los trabajadores de las Municipalidades del
país, cualquier clase de remuneraciones distintas de las
establecidas o mantenidas en aquel cuerpo legal y en el
decreto ley 479, de 1974.
Entiéndese, asimismo, expresamente derogada toda
disposición orgánica o estatutaria aplicable a las
Municipalidades, que sea contraria o incompatible con las
contenidas en el presente decreto ley y en el decreto ley
249/74.