Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CATEMU
Artículo 24°.- Fíjase, a contar del 1° de enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Catemu,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde Gr. 2° 14
Secretario Municipal y Alcaldía
Jefe de personal y habilitado Gr. 2° 16
Juez de Policía Local Gr. 2° 15
Director de Tránsito, Patentes
e Inspección Gr. 5° 17
Secretario Jdo. Policía Local Gr. 6° 19
Administrador Empresa Eléctrica Gr. 15 21
Director de Obras Municipales Gr. 16° 15
Auxiliar de Secretaría
e Inventario Gr. 17° 25
Planta de Obreros
Electricista Gr. 1° 25
Maestro Jefe de Obras y
Carpintero de Primera Gr. 1° 25
Choferes de Máquina Pesada Gr. 1° 25
Jardinero Gr. 1° 27
Barredores Gr. 2° 29
Barredores Gr. 3° 31
Ayudante Electricista Gr. 9° 32
El cargo de Alcalde grado 14° se convertirá en grado
15 al quedar vacante.
El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía,
Jefe de Personal y Habilitado grado 16° se convertirán en
grado 18 al quedar vacantes.
El o los cargos de Juez de Policía Local grado 15° se
convertirán en grado 16° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Tránsito, Patentes e
Inspección grado 17° se convertirán en grado 19 al quedar
vacantes.
El o los cargos de Secretario Juzgado de Policía Local
grado 19° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes.
El o los cargos de Administrador Empresa Eléctrica
grado 21° se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Obras Municipales grado
15° se convertirán en grado 18° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar de Secretaría e Inventario
grado 25° se convertirán en grado 31 al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista grado 25° se
convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Maestro Jefe de Obras y Carpintero de
1a. Choferes de Máquina Pesada grado 25° se convertirán
en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardineros grado 27° se convertirán
en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Electricista grado 32 se
convertirán en grado 35° al quedar vacantes.