Saltar al contenido

Artículo 64 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9056984.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO Artículo 64°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de El Quisco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 6a Cat. 14 Secretario Municipal y Alcaldía 6a Cat. 16 Juez de Policía Local 6a Cat. 15 Director de Obras Municipales 6a Cat. 16 Director de Tránsito y Rentas 6a Cat. 17 Director de Cont. y Contab. 6a Cat. 17 Abogado Defensa Municipal 6a Cat. 17 Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15076 Planta Administrativa Inspector de Obras Municipales Gr. 2° 19 Secretario Juzgado Policía Local Gr. 2° 19 Secretario Direc. Ob. Municipales Gr. 5° 25 Inspector de Trans. y Rentas Gr. 5° 25 Oficial de Secretaría Gr. 6° 27 Planta Servicios Menores y Choferes Obreros Gr. 3° 26 Obreros Gr. 4° 28 Obreros Gr. 5° 30 Choferes Gr. 6° 27 Oficiales Administrativos Gr. 6° 27 Floricultor Gr. 6° 27 El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía de grado 16 se convertirán en grado 17 al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Obras Municipales de grado 16 se convertirán en grado 17 al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Tránsito y Rentas de grado 17 se convertirán en grado 19 al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Cont. y Contab. de grado 17 se convertirán en grado 19 al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector de Obras Municipales de grado 19° se convertirán en grado 21 al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local grado 19 se convertirán en grado 21 al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial de Secretaría de grado 27 se convertirán en grado 31 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros de grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes. El o los cargos de Oficiales Administrativos de grado 27 se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Floricultor de grado 27 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.