Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE MINCHA
Artículo 134°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mincha,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto
Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 17
PLANTA DE EMPLEADOS
Secretario Municipal y Alcaldía 9° 19
Inspector Patentes, Tránsito
y Municipal 14° 23
PLANTA DE OBREROS
Obreros 6° 31
El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía
grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector Patentes, Tránsito y
Municipal grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.