Saltar al contenido

Artículo 134 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057056

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE MINCHA Artículo 134°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mincha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 17 PLANTA DE EMPLEADOS Secretario Municipal y Alcaldía 9° 19 Inspector Patentes, Tránsito y Municipal 14° 23 PLANTA DE OBREROS Obreros 6° 31 El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector Patentes, Tránsito y Municipal grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.