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Artículo 141 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057064.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE NATALES Artículo 141°.- Fíjase, a contar del 1° de enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Natales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Municipal Escala Unica _______________________________________________________ Alcalde 12 Secretario Municipal y Alcaldía 9° 15 Juez de Policía Local 9° 13 Director de Obras Municipales 11° 15 Secretario Juzgado Policía Local 12° 19 Director del Tránsito 12° 16 Oficial de Partes 13° 21 Ayudante Inspección Patentes 18° 23 Ayudante Direc. Obras Municipales 20° 25 Planta de Obreros Municipales Obreros 7° 26 Obrero 8° 28 Obrero 9° 30 Obrero 10° 32 El o los cargos de Oficial de Partes grado 21° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Inspección grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Direcc. Obras Municipales grado 25° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes. El o los cargos de Obrero grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.