Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE NAVIDAD
Artículo 142°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Navidad,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica.
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 8° 17
Secretario Municipal 8° 20
Obrero 9° 30
El o los cargos de Obrero grado 30° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.