Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE ÑIQUEN
Artículo 147°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Ñiquén
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 17
Planta de Empleados
Secretario Municipal
y de Alcaldía 5° 19
Inspectora de Obras, Sanidad
y Patentes 12° 23
Mozo y Jardinero Municipal 11° 28
Planta de Obreros
Electricista 5° 26
Chofer 6° 27
Obreros 10° 31
El o los cargos de Secretario Municipal y de Alcaldía
grado 19 se convertirán en grado 20 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspectora de Obras, Sanidad y
Patentes grado 23 se convertirán en grado 25 al quedar
vacantes.
El o los cargos de Mozo y Jardinero Municipal grado 28
se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.