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Artículo 147 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057070

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE ÑIQUEN Artículo 147°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Ñiquén de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 17 Planta de Empleados Secretario Municipal y de Alcaldía 5° 19 Inspectora de Obras, Sanidad y Patentes 12° 23 Mozo y Jardinero Municipal 11° 28 Planta de Obreros Electricista 5° 26 Chofer 6° 27 Obreros 10° 31 El o los cargos de Secretario Municipal y de Alcaldía grado 19 se convertirán en grado 20 al quedar vacantes. El o los cargos de Inspectora de Obras, Sanidad y Patentes grado 23 se convertirán en grado 25 al quedar vacantes. El o los cargos de Mozo y Jardinero Municipal grado 28 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.