Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE PINTO
Artículo 174°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Pinto, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley
N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 17
Planta Empleados
Juez de Policía Local 18
Secretario Municipal 12° 20
Inspector 13° 25
Planta Obreros
Obreros 6° 31
El o los cargos de Obreros grado 31, se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.