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Artículo 4 transitorio del Decreto Ley 701

Fija regimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestacion, y establece normas de fomento sobre la materia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6294 / 8701576.

Texto oficial

Artículo 4°- Mientras se dicten las normas a que se refiere el artículo 18 del presente decreto ley, regirán las disposiciones del decreto supremo N° 275, de 25 de Julio de 1969, del Ministerio de Agricultura.