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Artículo 15 del Decreto Ley 740

Crea el instituto de promocion de exportaciones de chile (prochile)

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6320 · idParte: 8990093

Texto oficial

Artículo 15°- El Instituto será fiscalizado por la Contraloría General de la República, con arreglo a las disposiciones de la ley N° 10.336, modificada por D.L. N° 38, de 1973.