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Artículo 3 del Decreto Ley 741

Decreto Ley 741

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6321 · idParte: 8825876

Texto oficial

Art. 3.o Los Jefes de Ramos tendrán la denominación única de Directores Jenerales y los Jefes de Servicios limitados, la de Jefes Superiores de Servicios.