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Artículo 53 del Decreto Ley 767

Decreto Ley 767

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6340 · idParte: 8256648

Texto oficial

Art. 53. El personal de la Caja, cualquiera que sea la forma de su nombramiento. queda sometido al réjimen creado por esta Lei.