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Artículo 17 del Decreto Ley 795

Decreto Ley 795

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6357 · idParte: 5875447

Texto oficial

Art. 17. Redúcense a 10 las plazas de Procuradores del Número del departamento de Santiago. Esta reduccion deberá efectuarse a medida que vayan vacando dichos cargos. En igual forma y con acuerdo de la Corte Suprema, el Presidente de la República podrá reducir el número de estos funcionarios en los departamentos en que tengan su asiento las Cortes de Apelaciones.