Artículo 7 del Decreto Ley 844
Crea el departamento de prevision de carabineros
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6379 / 8739178.
Texto oficial
Artículo 7.- DEROGADO.