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Artículo 3 del Decreto Ley 867

Fija monto de la asignacion familiar a contar del 1° de diciembre de 1974 e introduce modificaciones al d.l. n° 307, del mismo año

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6384 · idParte: 7126010

Texto oficial

Artículo 3.o- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N.o 307, de 1974: 1.- Suprímese en la letra e) del artículo 2.o la coma (,) colocada entre las expresiones "15.386" e "y" y agrégase, a continuación de la conjunción "y", lo siguiente: "aquélla establecida en el artículo 45.o, de la ley N.o 16.744, y". 2.- Reemplázase en el artículo 1.o transitorio la palabra "devengadas" por "impetradas".