Saltar al contenido

Artículo 11 del Decreto Ley 910

Modifica los decretos leyes 619, 824, 825, 826, 827 y 830; otras disposiciones de orden tributario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6399 / 8731798.

Texto oficial

ARTICULO 11° Los intereses de cualquiera naturaleza estarán afectos a los Impuestos Global Complementario y Adicional, en su caso, de la Ley de la Renta, prevaleciendo esta norma sobre aquellas establecidas en disposiciones legales distintas de la Ley de la Renta que hayan dispuesto la exención de dichos impuestos o que les hayan dado el carácter de ingreso que no constituye renta. Todo ello, sin perjuicio de las disposiciones del decreto ley 455, de 1974, y del N° 25 del artículo 17° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según nuevo texto.