Texto oficial
Artículo 12°.- Los gastos que demande el funcionamiento de las Comisiones Legislativas y de la Secretaría de Legislación, se imputarán a los ítem correspondientes del Presupuesto de la Junta de Gobierno.
Establece normas para la tramitacion de decretos leyes
idNorma: 6428 · idParte: 8256955