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Artículo 16 del Decreto Ley 1006

Estatuto social de la empresa

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6440 / 8825980.

Texto oficial

Artículo 16°.- El número de representantes de los trabajadores en el Comité de Empresa, se establecerá de acuerdo a la siguiente escala: a) Si el número de trabajadores fuere superior a 25 pero inferior a 100, elegirá 4 representantes. b) Si fueren 100 o más pero inferior a 300, elegirá 5 representantes. c) Si fueren 300 o más pero inferior a 600, elegirá 6 representantes. d) Si fueren 600 o más pero inferior a 1.200, elegirá 7 representantes. e) Si fueren más de 1.200 elegirá 8 representantes.