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Artículo 30 del Decreto Ley 1006

Estatuto social de la empresa

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6440 / 8825994.

Texto oficial

Artículo 30.o- La Superintendencia de Sociedades Anónimas y la División de Cooperativas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción controlarán el cumplimiento de esta ley, en lo que les compete, pudiendo aplicar las sanciones establecidas en sus respectivas legislaciones.