Texto oficial
Artículo 13°.- Las demás bases de las subastas o
propuestas serán fijadas por el Jefe del organismo
respectivo, pudiéndose establecer que el precio se pague
con la modalidad del plazo. En tal evento, la parte del
precio sujeta a término deberá pagarse con el reajuste del
alza del costo de la vida fijado por el Instituto Nacional
de Estadísticas más los intereses legales. Para calcular
el reajuste, se comparará el índice del segundo mes
anterior a la venta con el del segundo mes anterior al del
vencimiento de la cuota respectiva.