Saltar al contenido

Artículo 43 del Decreto Ley 1078

Fija normas sobre autoridad monetaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6474 / 8682752.

Texto oficial

Artículo 43°- El producto en moneda corriente que resulte de la valorización de la reserva de oro o en moneda extranjera por efecto de una modificación de la paridad de la moneda, se destinará en la proporción que fije el Comité a los siguientes fines: 1.- A amortizar o cancelar obligaciones del Fisco con el Banco Central, y 2.- A incrementar los fondos de reserva contemplados en esta ley.