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Artículo 26 del Decreto Ley 1088

Aprueba programa de viviendas sociales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6477 / 8826027.

Texto oficial

Artículo 26°.- Las soluciones habitacionales de interés social, que sean ejecutadas por cualquiera de las Instituciones del "Sector Vivienda", gozarán de las mismas franquicias y exenciones contempladas en el presente decreto ley.