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Artículo 7 del Decreto Ley 1089

Fija normas sobre contratos de operacion petrolera y modifica ley orgánica de la empresa nacional del petroleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6478 · idParte: 7126418

Texto oficial

Artículo 7º.- La Empresa Nacional del Petróleo no contrae más responsabilidades que aquellas que específicamente aparezcan estipuladas en el contrato.