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Artículo 9 del Decreto Ley 1094

Establece normas sobre extranjeros en chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6483 / 8257000.

Texto oficial

Artículo 9°- El plazo de vigencia del permiso de turismo y de la visación para los residentes y residentes oficiales podrá prorrogarse o cambiarse estas calidades de ingreso o residencia por otras, en la forma y condiciones que determine este decreto ley.