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Artículo 4 transitorio del Decreto Ley 1094

Establece normas sobre extranjeros en chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6483 / 8257114.

Texto oficial

Artículo 4°- Mientras no se dicte el reglamento indicado en el artículo 96, continuarán en vigencia las normas del decreto reglamentario de la ley N° 13.353, contenidas en el decreto supremo N° 5.021, de Interior, de 16 de Septiembre de 1959, en todo aquello que no sea contrario a las disposiciones del presente decreto ley.