Texto oficial
Artículo 22°. La exclusión de un socio se acordará
en una Asamblea General Extraordinaria especialmente citada
para este objeto. Para tomar este acuerdo se requerirá el
voto conforme de la mayoría absoluta de los miembros en el
ejercicio. En contra de dicho acuerdo, podrá reclamarse
ante el Intendente Regional en la forma y plazo que
determine el reglamento.