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Artículo 31 del Decreto Ley 1107

Constituye sociedades de cooperacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6485 / 9036081.

Texto oficial

Artículo 31°. Los fondos de reserva se invertirán de acuerdo con las normas que señale el reglamento.