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Artículo 32 del Decreto Ley 1107

Constituye sociedades de cooperacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6485 / 9036082.

Texto oficial

Artículo 32°. La dirección, administración, operación y vigilancia estará a cargo de la Asamblea General de Socios, el Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia.