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Artículo 34 del Decreto Ley 1107

Constituye sociedades de cooperacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6485 / 9036084.

Texto oficial

Artículo 34°. Las Asambleas Generales de Socios serán Ordinarias y Extraordinarias y su instalación, atribuciones y funcionamiento se regirán por las normas que establezca el reglamento.