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Artículo 26 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990484

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES Artículo 26°.- Sustitúyese, a contar del 1° de enero de 1974, el artículo 25° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Cauquenes en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 25°.- Fíjase a contar del 1° de enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Cauquenes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 9° Secretario Municipal, Alcaldía y Jefe del Personal 4° 12° Director Obras (Arquitecto) 4° 11° Administrador Veterinario del Matadero 4° 12° Director del Tránsito y Jefe Patentes 4° 14° Juez Policía Local 2° 10° Secretario Juzgado Policía Local y Asesor Jurídico (Abogado) 10° 12° Oficial 1° Jdo. Policía Local 10° 21° Oficial 2° Jdo. Policía Local 13° 24° Planta Administrativa Inspector Patentes 8° 19° Administrador, Recaudador Mercados y Ferias y Derechos Varios 9° 21° Inspector Obras y Calles (Constructor Civil) 12° 19° Oficial 3° de Secretaría 15° 25° Inspector Aseo 17° 27° Bibliotecario 19° 27° Médico Psicotécnico Ley 15076 Planta Obreros Obreros 1° 25° Obreros 2° 28° Obreros 3° 31° Obreros 5° 32° El o los cargos de Administrador Veterinario del Matadero grado 12 se convertirán en grado 14° al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Obras grado 11° se convertirán en grado 12° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.