Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES Artículo 26°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de enero de 1974, el
artículo 25° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de
Cauquenes en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 25°.- Fíjase a contar del 1° de enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Cauquenes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 9°
Secretario Municipal, Alcaldía
y Jefe del Personal 4° 12°
Director Obras (Arquitecto) 4° 11°
Administrador Veterinario
del Matadero 4° 12°
Director del Tránsito
y Jefe Patentes 4° 14°
Juez Policía Local 2° 10°
Secretario Juzgado Policía Local y
Asesor Jurídico (Abogado) 10° 12°
Oficial 1° Jdo. Policía Local 10° 21°
Oficial 2° Jdo. Policía Local 13° 24°
Planta Administrativa
Inspector Patentes 8° 19°
Administrador, Recaudador Mercados y
Ferias y Derechos Varios 9° 21°
Inspector Obras y Calles
(Constructor Civil) 12° 19°
Oficial 3° de Secretaría 15° 25°
Inspector Aseo 17° 27°
Bibliotecario 19° 27°
Médico Psicotécnico Ley 15076
Planta Obreros
Obreros 1° 25°
Obreros 2° 28°
Obreros 3° 31°
Obreros 5° 32°
El o los cargos de Administrador Veterinario del
Matadero grado 12 se convertirán en grado 14° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Director de Obras grado 11° se
convertirán en grado 12° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.