Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA Artículo 27°.-
Sustitúyese a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo
26 del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial
de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los
trabajadores de la Municipalidad de Cobquecura en la Escala
Unica, por el siguiente:
"Artículo 26°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Cobquecura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde y Juez de Policía Local 16
Planta de Empleados
Secretario Municipal y de la Alcaldía,
Secretario Juzgado Policía Local,
Inspector del Tránsito y Habilitado 7° 19
Inspector Municipal, Inspector de Obras
Municipales y Ayudante de Secretaría 10° 24
Planta Obreros
Obreros 7° 31
El o los cargos de Obreros de grados 31, se convertirán
en grado 35 al quedar vacantes.