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Artículo 28 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990486

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE COCHRANE Artículo 28°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 27 del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Cochrane en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 27°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Cochrane, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta de Empleados Alcalde 12° 16 Secretario Municipal y de Alcaldía 12° 19 Inspector de Patentes 19° 24 Planta Obreros Obrero Municipal 8° 30 Obrero Municipal 10° 32 El o los cargos de Obrero Municipal de grado 32, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.