Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CONTULMO Artículo 40°.- Sustitúyese,
a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 39 del
Decreto-Ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Contulmo en la Escala Unica por el
siguiente:
"Artículo 39°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Contulmo,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto
Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 6° 16
Secretario Municipal, Alcaldía
y Jdo. Policía Local 6° 19
Planta Administrativa
Inspector de Patentes, Obras
Matadero y Cementerio 16° 24
Chofer 17° 25
Obreros
Jardinero 5° 28
Obrero 10° 32
El o los cargos de Chofer grado 25 se convertirán en
grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 32 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.