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Artículo 46 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990504

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE CUNCO Artículo 46°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 45° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Cunco en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 45°.- Fíjese, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Cunco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 15° Planta de Empleados Secretaría Municipal y Alcaldía, Juzgado Policía Local y Junta Clasificadora Patentes 1° 18° Auxiliar de Secretaría 7° 22° Inspector Municipal 12° 23° Planta de Obreros Chofer 5° 27° Jornaleros 5° 30° Jornaleros 8° 32° El o los cargos de Auxiliar de Secretaría grado 22° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."