Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE EL MONTE Artículo 64°.- Sustitúyese,
a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 63, del
decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de El Monte en la Escala Unica por el
siguiente:
"Artículo 63°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de El Monte,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto
Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta de Empleados
Alcalde Gdo. 2° 14
Juez Policía Local Gdo. 2° 15
Secretario de Alcaldía y
Municipal Gdo. 2° 17
Coordinador del Alcalde y Director de
Rentas y Patentes Gdo. 4° 17
Director de Aseo y Adm. Cementerio Gdo. 4° 19
Director del Tránsito y Secretario del
Jdo. Policía Local Gdo. 4° 19
Inspector de Aseo y
Obras Municipales Gdo. 6° 23
Director de Obras Municipales Gdo. 9° 17
Planta de Obreros
Obreros Gdo. 1° 26
Obreros Gdo. 2° 28
Obreros Gdo. 3° 31
Obrero Gdo. 5° 32
El o los cargos de Coordinador del Alcalde y Director de
Rentas y Patentes grado 17 se convertirán en grado 18 al
quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 32 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.