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Artículo 73 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990531

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE FRESIA Artículo 73°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 72° del decreto - ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Fresia en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 72°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad Fresia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 15 Planta Empleados Secretario Municipal Gr. 7° 18 Inspector Patentes Gr. 12° 23 Inspector y Chofer Gr. 14° 25 Planta Obreros Obreros Gr. 9° 30 El o los cargos de Inspector y Chofer grado 25 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros de grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes."